Actividades en Centros de Formación: Siempre seguras

 Actividades en Centros de Formación: Siempre seguras


Actividades en Centros de Formación: Siempre seguras

 

Los días de verano van quedando atrás y es hora de comenzar un nuevo curso: expectativas renovadas, actividades en los centros de formación y muchas horas de aprendizaje por delante van a llenar las agendas durante los próximos meses. Las empresas gestoras de los centros de formación, las academias y las escuelas, ya han perfilados sus programas y están listas para que los alumnos puedan volver a ocupar las aulas, y como no, deben preparar la vuelta para que el retorno a la actividad se realice bajo los máximos parámetros de seguridad para que el alumnado no corra ningún riesgo.

 

En ocasiones, a pesar de que los centros cumplan con la normativa de seguridad vigente y con los equipos de protección necesarios, en caso de impartir materias que así lo requieran, pueden ocurrir accidentes fortuitos. En ese caso, los centros deben contar con los seguros necesarios y obligatorios para hacer frente a cualquier inconveniente, que tanto los alumnos, como el personal docente y los trabajadores de la empresa, puedan sufrir.

 

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¿QUÉ SEGUROS DEBE CONTRATAR UN CENTRO FORMATIVO?

 

Teniendo en cuenta que las actividades que se desarrollan en cada centro pueden ser muy diversas, para saber cuál es el seguro adecuado en cada una de las situaciones, uno de los primeros pasos que debe dar la empresa o trabajador que organiza el curso, es contar con un profesional que realice un peritaje de la situación y valore cuáles son las coberturas necesarias para hacer frente a los riesgos que debe asumir cada uno de los centros.

 

Los seguros para centros de formación surgen para dar cobertura y garantizar la protección frente a posibles imprevistos que puedan surgir en dichos espacios o durante el desarrollo de las actividades contempladas en el programa de formación, tanto por parte de los alumnos, como de todos los profesionales que desarrollen su actividad en los centros. En este sentido, será obligatorio para las escuelas y academias de formación contar, tanto con un seguro de Responsabilidad Civil, como con un seguro de accidentes.


SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIO

 

En materia de Responsabilidad Civil, las pólizas para centros de formación recogen las coberturas necesarias para la protección del patrimonio ante posibles reclamaciones de terceros perjudicados por imprevistos derivados de las actividades realizadas.

 

Estos seguros cuentan además con coberturas que hacen referencia a la Responsabilidad Civil de Explotación, es decir, los daños a terceros ocasionados por la estructura empresarial en el ejercicio de las actividades que le son propias, incluyendo el suministro comidas y bebidas, carga, Responsabilidad Civil Inmobiliaria, coberturas para monitores y técnicos, así como Responsabilidad Civil Subsidiaria y Cruzada.

 

En el caso de que el centro esté situado en un espacio de alquiler, estas pólizas cubren los riesgos derivados de la Responsabilidad Civil Locativa, es decir, protegen al asegurado frente a la reclamación del propietario del local por los daños ocasionados en este durante su alquiler por el asegurado.

 

¿ANTE QUÉ TIPO DE ACCIDENTES TIENEN COBERTURA LOS SEGUROS PARA CENTROS DE FORMACIÓN?

 

Los accidentes son imprevisibles, por ello, ante cualquier inconveniente hay que estar preparado. Las pólizas de accidentes combinadas hacen frente a este tipo de riesgos que pueden surgir del desarrollo cotidiano de la actividad, como por ejemplo el suministro de comida o bebida, otros pueden tener que ver con las propias instalaciones del centro, el desarrollo de la propia acción formativa, o con el trabajo desempeñado por monitores y técnicos. En cualquiera de estos casos y de otros accidentes que puedan surgir, el seguro proporcionará al accidentado la asistencia sanitaria necesaria, dependiendo de la gravedad, y haciendo frente incluso a las indemnizaciones que puedan derivarse de una posible incapacidad o fallecimiento.

 

Teniendo en cuenta todas estas casuísticas y cerrando la contratación del seguro más adecuado para cada centro y actividad, es hora de que los centros vuelvan a abrir sus puertas, de que los alumnos vuelvan a las aulas y que todos lo hagan de la forma más segura.

 

SOY PROFESOR, ¿DEBO CONTRATO UN SEGURO?

 

La actividad docente conlleva la responsabilidad de tener a cargo a los alumnos y participantes en las actividades programadas.

 

En este sentido, los actos por parte del profesorado en plantilla de un centro de formación suelen tener cobertura dentro de la póliza de responsabilidad civil del centro. Sin embargo, un profesor que trabajar para diferentes centros de formación es interesante que cuente con la protección necesaria ante las posibles reclamaciones que puedan recibir por daños que puedan sufrir los alumnos o que estos causen a terceros, cuando estén bajo su tutela. Esta responsabilidad puede aplicarse, tanto en el lugar donde se van a impartir las clases, como en las salidas que se realicen y que sean derivadas de esta actividad.

 

Un seguro de Responsabilidad Civil, hará frente a estos posibles imprevistos sin necesidad de exponer el patrimonio personal del profesor o tutor, además de garantizarle la defensa jurídica y la cobertura de la indemnización que este tenga que pagar en caso de siniestro.


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